Créditos fiscales educativos (1098-T)
¿Sabía que puede ser elegible para recibir créditos fiscales por los cursos que tome en CCC? El formulario 1098-T lo utilizan los colegios y universidades elegibles para reportar información sobre sus estudiantes residentes en los EE. UU. al IRS. CCC informa cierta información de inscripción e información de identificación sobre los estudiantes residentes en los EE. UU. que asisten durante el año fiscal. En el 1098-T se incluyen pagos, subvenciones y becas que se aplicaron a cargos calificados.
CCC no está obligado a proporcionar formularios 1098-T a estudiantes que no son residentes de EE. UU. Si planea reclamar un crédito fiscal educativo, se requiere su número de seguro social. Si no proporciona esta información, el IRS puede imponerle una multa.
Ver su 1098-T
Si se inscribió en cursos de crédito del 1 de enero al 31 de diciembre durante el año anterior, puede acceder al formulario 1098-T yendo a Sitio web del TSC 1098-T. Para dar su consentimiento para una copia electrónica del 1098-T, deberá seguir las instrucciones a continuación.
- Ingrese el ID del sitio: 11429
- Nombre de usuario: su número de identificación de estudiante
- Contraseña: últimos 4 dígitos de su SSN (nota: esto solo funcionará si es la primera vez que accede al sitio web). Si recuperó un estado de cuenta de matrícula 1098T de un año anterior en este sitio web, entonces su contraseña será la que haya configurado. Si olvidó su contraseña, haga clic en "Olvidé mi contraseña".
- Por razones de seguridad, se le pedirá que cambie su contraseña.
- Lea el Formulario de consentimiento en línea para conocer los requisitos y especificaciones. Si está de acuerdo, haga clic en "Consentimiento"
Importante: Es posible que no sea elegible para recibir las tarifas declaradas, dependiendo de su situación fiscal individual. CCC no informa otros gastos que puedan ser elegibles a efectos fiscales, como libros y otros suministros necesarios. Para determinar para qué tarifas puede ser elegible, consulte a un asesor fiscal o revise la Publicación 970 del IRS.